Poder Judicial del estado de Baja California Sur

Poder Judicial BCS Accesiblilidad

FRACCIÓN VI

Estadística e indicadores sobre información relevante relativa a la procuración de justicia.

Artículo 7 de La Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica para el Estado de Baja California Sur

NO APLICA A LA ESFERA DE COMPETENCIA DE ESTE PODER JUDICIAL.

JUSTIFICACIÓN

De acuerdo con el artículo 85 de la Constitución Política y la Ley Orgánica de la Administración Publica, ambas del Estado de Baja California Sur, la procuración de justicia, está encomendada a la institución del Ministerio Publico, misma que está a cargo de un Procurador General, por lo que será esa dependencia y no el Poder Judicial quien tenga la obligación de proporcionar estadísticas e indicadores sobre información relevante, relativa a la Procuración de Justicia.

Por otra parte, de acuerdo con el artículo 88 de la misma Constitución y la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Baja California Sur, al Poder Judicial le corresponde la función jurisdiccional y de impartición de justicia, por lo que está imposibilitado material y jurídicamente para generar información sobre una actividad en la que no tiene competencia.

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Ultima actualización : 2024-02-06
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