Toda información que sea de utilidad para el ejercicio del derecho de acceso a la información pública, excepto la información que atente los derechos de terceros, ataque la moral, altere el orden público y la paz social o afecte la intimidad de las personas.
Artículo 7 de La Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California Sur
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