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Como medida adicional, solo se estará requiriendo la presentación de la Declaración por medio del sistema, por lo tanto, no es necesario enviar los acuses físicos a Contraloría. Cualquier inconsistencia se le notificará vía correo electrónico institucional.

Declaraciones de Situación Patrimonial y de Intereses:

Inicial, Modificación y Conclusión

Preguntas Frecuentes:

¿Qué es?

Es la manifestación que hacemos de nuestro patrimonio, bajo protesta de decir verdad, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 32 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios de B.C.S.

¿Quiénes?
A partir de que entró en vigor el día diecinueve de julio de dos mil diecisiete la nueva Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios de B.C.S., TODOS LOS SERVIDORES PÚBLICOS, están obligados.

¿Cuándo?
En los siguientes plazos:
I.   Declaración inicial, dentro de los 60 días naturales siguientes a la toma de posesión con motivo del:
      a) Ingreso al servicio público por primera vez;
      b) Reingreso al servicio público después de 60 días naturales de la conclusión de su último encargo;
II.  Declaración de modificación patrimonial, durante el mes de mayo de cada año, y
III. Declaración de conclusión del encargo, dentro de los 60 días naturales siguientes a la conclusión.

¿Dónde?
Deberán ser presentadas a través de medios electrónicos, por tal motivo se puso a disposición el Sistema Declaranet, ingresando directamente desde la página de Internet institucional: www.tribunalbcs.gob.mx

¿Qué pasa si NO cumplo?
El servidor público obligado, que sin causa justificada, no hubiese presentado la declaración correspondiente, se iniciará inmediatamente la investigación por presunta responsabilidad por la comisión de las faltas administrativas correspondientes y se requerirá por escrito al Declarante el cumplimiento de dicha obligación.

En caso de que la omisión en la declaración continúe por un periodo de treinta días naturales siguientes a la fecha en que hubiere notificado el requerimiento al Declarante, la Contraloría declarará que el nombramiento o contrato ha quedado sin efectos, debiendo notificar lo anterior al titular correspondiente para separar del cargo al servidor público. 5to. párrafo del artículo 33 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios de B.C.S.

Cumplimiento ante Contraloría
Una vez que realizaste tu declaración en línea, deberás imprimir la declaración completa con los acuses que arroja el sistema firmados y presentarlos ante la Contraloría del Poder Judicial.



NORMAS E INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO Y PRESENTACI?N DEL FORMATO DE DECLARACIONES: DE SITUACIÓN PATRIMONIAL Y DE INTERESES




Ultima actualización : 2023-05-02
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